Donde nace el talento

Más de 2.600 deportistas federados, 40 torneos anuales y una audiencia familiar. Asocia tu marca a la cultura del esfuerzo y al tenis murciano.

Por qué patrocinar a la FTRM

Visibilidad y prestigio

Asocia tu marca al deporte de valores, la salud y la excelencia. Presencia en competiciones, medios locales y canales digitales de la FTRM durante toda la temporada.
40 eventos · presencia regional

01

Gasto deducible

El patrocinio publicitario es gasto fiscalmente deducible en el Impuesto de Sociedades. Tu inversión reduce directamente la base imponible de tu empresa.

Calcula tu ahorro real →

02

Sinergias de futuro

Accede al club de empresas patrocinadoras de la FTRM. Una red de comunicación entre empresas murcianas comprometidas con el territorio y el deporte base.

03

Perfil del seguidor de la FTRM

  • Familias con hijos en edad de iniciación deportiva — el núcleo de la comunidad tenística murciana.
  • Profesionales y directivos con poder adquisitivo medio-alto. Perfil consumidor activo y fidelizado.
  • Alto grado de fidelidad y afinidad con las marcas colaboradoras: tu logo en un torneo no es publicidad, es recomendación.
  • Presencia en toda la Región de Murcia: cada torneo es un nuevo municipio, una nueva audiencia local.
  • Duración media de sesión web de 2 min 45 seg: usuario cualificado, no casual. Autoridad de dominio SEO DA24.

70%

Jóvenes entre 10 y 35 años

68%

Tráfico regional de Murcia

5K+

Seguidores en redes sociales

22%

Crecimiento anual de comunidad

Más que patrocinadores. Buscamos compañeros

Tu inversión es un gasto deducible

El patrocinio publicitario se formaliza mediante contrato regulado por el artículo 24 de la Ley 34/1988 General de Publicidad: tú aportas una contraprestación económica y la FTRM se compromete a colaborar en la publicidad de tu marca. Esa aportación tiene tres efectos fiscales claros para tu empresa.

Gasto deducible en el Impuesto de Sociedades

El importe del contrato de patrocinio se considera gasto de publicidad y reduce íntegramente la base imponible del IS de tu empresa.
Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades

21% de IVA repercutido y deducible

A diferencia de las donaciones, el patrocinio publicitario está sujeto a IVA. La FTRM emite factura con IVA del 21% que tu empresa puede deducir como cualquier servicio publicitario.
Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Documentación fiscal sencilla

Contrato de patrocinio publicitario y factura de la FTRM. Sin requisitos adicionales: cualquier asesoría fiscal lo procesa como un gasto publicitario más.
Art. 24 Ley 34/1988 General de Publicidad

Calcula el ahorro de convertirte en patrocinador de la FTRM.

Inversión bruta
5.000€
Ahorro fiscal
1.250€
Coste neto real
3.750€
Descuento efectivo
25%
Al ser gasto 100% deducible como publicidad, tu inversión reduce la base imponible del Impuesto de Sociedades. El ahorro fiscal es la cantidad que tu empresa deja de pagar.
Quiero ser patrocinador

Estimación orientativa basada en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. Consulta con tu asesor fiscal.

1.000€+ IVA / temporada
  • Logo en cartelería de torneos
  • Menciones y enlace en web FTRM
  • Agradecimientos en redes sociales
3000€+ IVA / temporada
  • Visibilidad sectorial y soporte físico en torneos
  • Acceso a red de empresas patrocinadoras
  • Todo lo incluido en nivel anterior
5.000€+ IVA / temporada
  • Logo destacado en todos los torneos y web
  • Menciones activas en redes sociales
  • Activaciones personalizadas en eventos
  • Todo lo incluido en niveles anteriores
20.000€+ IVA / temporada
  • Naming oficial de la federación
  • Exclusividad sectorial garantizada
  • Presencia integral en toda la actividad
  • Hospitalidad VIP en eventos clave
  • Derechos de imagen y contenido

Si desea información sobre cómo convertirse en patrocinador oficial de la FTRM y conocer todas sus ventajas, introduzca sus datos y le contactaremos a la mayor brevedad.

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